Ordenanza Reguladora del uso del punto limpio del Ayuntamiento de Sisante (Cuenca)
Anuncio 20 de Junio de 2011, B.O.P. Nº 71 – 2839
Al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario provisional del Ayuntamiento de Sisante, adoptado en fecha 30 de marzo de 2011, sobre aprobación de la Ordenanza Reguladora de la gestión del punto limpio, cuyo texto íntegro se hace público, en cumplimiento del artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
TITULO I. DISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULO 1. Fundamento Legal
Este Ayuntamiento, en uso de las competencias que le confiere el artículo 25.2.l) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y en relación con las disposiciones contenidas en la Ley 10/1998, de 21 de abril, de Residuos, establece a través de esta Ordenanza la regulación del uso y funcionamiento del Punto Limpio.
ARTÍCULO 2. Objeto
La presente ordenanza tiene por objeto regular las actividades relacionadas con la puesta en marcha y funcionamiento del Punto Limpio de residuos del Ayuntamiento de Sisante.
ARTÍCULO 3. Definiciones
A los efectos de la presente Ordenanza se entiende por:
Punto Limpio: son instalaciones donde se efectúa la recepción transitoria, recogida, clasificación y acumulación de ciertos
tipos de residuos. Los Puntos Limpios constituyen, por tanto, un sistema de recogida selectiva.
Residuos reciclables: aquellos materiales que pueden ser reutilizados o reciclados como materia prima, para que mediante un proceso, se obtenga un producto distinto o igual…